Plan MOVES III para Comunidades
¡Obtén tu Subvención rápida y sin complicaciones!
En Grupo EA2000, somos instaladores certificados en energías renovables y especialistas en puntos de recarga de vehículos eléctricos. Estamos comprometidos a ofrecerte un servicio integral y de calidad en cada paso del proceso. Desde el asesoramiento inicial hasta la obtención de la subvención, ¡nos ocuparemos de todo para tu tranquilidad!
La subvención para energía eléctrica está a punto de terminar el 31 de diciembre, ¡no dejes pasar esta oportunidad única!
¿Tienes dudas? No te preocupes, hemos preparado un apartado de preguntas frecuentes para aclarar cualquier incertidumbre que puedas tener.
Nuestro equipo te guiará a través de cada detalle y trámite para que obtengas la subvención de manera rápida y sin complicaciones. Con Grupo EA2000, tu transición hacia la energía sostenible será un proceso eficiente y satisfactorio.
Aprovecha esta oportunidad para impulsar la sostenibilidad en tu Comunidad de vecinos.
Contáctanos hoy mismo y descubre cómo podemos ayudarte a aprovechar al máximo la subvención antes de que finalice.
¡La energía renovable está al alcance de tu mano con Grupo EA2000!
Preguntas Frecuentes
El programa cuenta con un presupuesto inicial de 400M€, con posibilidad de ampliarse en los próximos años en caso de existir suficiente demanda hasta 800M€
Puedo pedir ayuda si quiero instalar un punto de recarga de cualquier potencia destinado a los siguientes usos:
Preinstalación en una comunidad de propietarios.
Uso privado en sector residencial, incluidas las viviendas unifamiliares.
Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.).
Uso privado en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su propia flota.
Uso público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a sus trabajadores y clientes.
Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos.
Uso público en red de carreteras, siendo de especial interés la infraestructura de recarga en estaciones de servicio y gasolinera
Ayudas destinadas a Particulares, autónomos, comunidades propietarios, administración sin actividad económica.
*Para los usuarios que residan en una localización general Ayuda de 70% coste subvencionable
*En el caso de residir en municipios <5.000 hab. Ayuda 80% coste subvencionable
Ayudas destinadas a empresas o entes públicos con actividad económica y P ≥50kW.
*Ayuda desde el 35% coste subvencionable
*En el caso de medianas empresas. Ayuda 45% coste subvencionable
*En el caso de pequeñas empresas. Ayuda 55% coste subvencionable
En el caso de residir en municipios <5.000 hab. Ayuda desde el 40% coste subvencionable
*En el caso de residir en municipios <5.000 hab. medianas empresas. Ayuda 50% coste subvencionable
*En el caso de residir en municipios <5.000 hab. Pequeñas empresas. Ayuda 60% coste subvencionable
Particulares: 5.000€/expediente
Empresas, administración, Comunidad Propietarios: 800.000€/expediente, con un máximo de 2,5 M€ por convocatoria
Autónomos: limite establecido por el reglamento de minimis. La cuantía de la subvención o ayuda acumulada que haya percibido por el concepto de minimis en el ejercicio actual y en los dos ejercicios anteriores, no podrá exceder de la cantidad de 200.000 euros.
El proyecto, la obra civil, los costes de ingeniería y dirección de obra, el coste de la propia infraestructura de recarga, la instalación o actualización de cualquier elemento eléctrico, incluido el transformador, trabajos de conexión a la red de distribución, centros de seccionamiento y transformación y acometida de media tensión, necesarios para conectar la infraestructura de recarga a la red o a la unidad de producción o almacenamiento local de electricidad, la adecuación de terrenos o carreteras, los costes de instalación y costes por permisos relacionados y necesarios.
Los costes de la unidad de producción renovable o almacenamiento local para generar o almacenar la energía eléctrica, caso de existir, serán elegibles únicamente si están exclusivamente dedicados al punto de recarga y se pueden considerar parte de la estación de recarga, no estando conectados a la red.
El sistema de pago integrado en la estación de recarga, la señalización de las estaciones de recarga y el sistema de gestión, control y seguridad, así como las instalaciones de telecomunicaciones necesarias.
En el caso de aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios existentes de régimen de propiedad horizontal, será actuación subvencionable la preinstalación eléctrica para la recarga de vehículo eléctrico que incluya una conducción principal por zonas comunitarias (mediante tubos, canales, bandejas, etc.), de modo que se posibilite la realización de derivaciones hasta las estaciones de recarga ubicadas en las plazas de aparcamiento, así como como instalaciones de telecomunicaciones, internet, 3G, 4G o sistemas similares que permitan garantizar una carga de vehículos inteligente.
Presentación del Plan MOVES III el 9 de abril de 2021, particulares, autónomos, comunidades de propietarios y administración sin actividad económica pueden iniciar la inversión a partir de esa fecha.
Publicación del real decreto en el BOE el día 14 de abril de 2021
Las CCAA deben publicar sus convocatorias antes del 14 de julio de 2021
Convocatorias abiertas para admitir solicitudes hasta el 31 de Diciembre de 2023
Desde que presento mi solicitud, en un máximo de 6 meses recibiré la resolución
Dispongo de un máximo de 12 meses para presentar la documentación que justifique mi compra
La CCAA analizará la documentación presentada y recibiré mi ayuda